El próximo 26 de abril de 2016 el TJUE dirimirá, no la nulidad de las cláusulas suelo, pues estás ya han sido declaradas nulas en varias sentencias, sino la retroactividad de la misma.

 

Por el momento se fijó en el 9 de mayo de 2013 la limitación temporal para la devolución de las cantidades cobradas al aplicar la ya tan popular y centro de muchas discusiones, incluso sociales, cláusula suelo de una hipoteca, ¿deberán los banco devolver los cobrado por aplicarla con anterioridad a expresada fecha?

 

 

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