Como ya venimos comentando en nuestras intervenciones radiofónicas los miércoles en Cope Salamanca, en el programa «La Mañana», las cuales pueden ser escuchadas en nuestro Facebook , se siguen sucediendo las sentencias frente a entidades bancarias por la contratación y/o comercialización de aquellos productos que englobamos bajo la etiqueta de «tóxicos».

 

Entre ellas recientemente el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Salamanca dictaba sentencia frente a Bankinter y obligaba a ésta a recalcular la hipoteca respecto de una hipoteca multidivisa firmada en 2007. Recordemos previamente que este producto tóxico en concreto consiste en ligar la deuda al cambio de una divisa en particular, en definitiva una apuesta que hace el cliente frente a esa divisa, probablemente sin saberlo en muchos casos, y su cambio respecto de nuestra moneda el euro. Si la divisa elegida sube el cliente pierde, si el euro se refuerza el cliente gana, un juego arriesgado ante la duración que viene teniendo la hipoteca media en España.

 

En este expresado caso que nos ocupa la persona afectada no vio menguar su  deuda, el cambio de divisa incluso propició su aumento. Por ello, estimando la demanda, el Juzgado declara nula la hipoteca en parte, condena a recalcular la hipoteca desde 2007 en euros y la devolución de gastos y comisiones cobrados durante este tiempo.

Si se encuentra entre los afectados por una hipoteca multidivisa, o por cualquier otro de los denominados productos tóxicos bancarios, sepa que la ley puede ampararle, contáctenos en el teléfono  923 260434. Estaremos encantados de ayudarle.

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